Ley corta impositiva: Cambios importantes para el sector energético

El Ministerio de Economía y la Secretaría de Energía están terminando de definir lo que funcionarios bautizaron como una “ley corta impositiva” del sector energético. El proyecto apunta a introducir cambios importantes en el esquema tributario que rige tanto en el mercado de combustibles, como en el de exploración y producción de hidrocarburos.
Según indicaron fuentes oficiales, el proyecto incluirá unos 10 artículos que estaban presentes en la fallida Ley de Presupuesto 2022 que modifican el esquema tributario que graba la venta de naftas y gasoil. En esa clave, la norma ordena el restablecimiento de alícuotas porcentuales para calcular el Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y al Dióxido de Carbono, tal como existía hasta 2017 cuando pasaron a ser expresados como valores fijos actualizables cada tres meses en función de los inflación.
El proyecto de Ley que están terminando de definir colaboradores de Martín Guzmán —quien coordina la redacción es Demian Pañigo, director de YPF en representación del ministro de Economía— autorizará también la importación desgravada de combustibles a fin de compensar la escalada del precio internacional del crudo, que encareció la compra de derivados del crudo desde el exterior.
A su vez, la ‘Ley corta’ reestablecerá el artículo 115 de la Ley de Presupuesto 2022, que contemplaba la prórroga del régimen vigente desde 2020 para calcular el ajuste por inflación del Impuesto a las Ganancias. Es un pedido central que trasladaron varias petroleras al gobierno en diciembre y enero, tal como informó este medio a mediados de enero.
A su vez, la Ley impositiva que prepara el Ejecutivo incluye el artículo 74 del proyecto de Ley de Promoción de Inversiones Hidrocarburíferas, que el Presidente presentó en septiembre del año pasado, pocos días después de la derrota en las PASO, pero nunca llegó a tratarse en el Congreso por la falta de consenso interno dentro del Frente de Todos.
El artículo 74 de la Ley de Promoción establecía que “los sujetos pasivos de los Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono establecidos en el Título III de la Ley N° 23.966, que hayan invertido en el bienio 2019-2020 más de US$ 1000 millones cada año, podrán acogerse al Régimen Especial de Cancelación”. En esa clave, la norma permitía que “por el término de 3 años contados desde la entrada en vigencia de esta ley, los sujetos mencionados en el artículo 74 podrán cancelar hasta un importe equivalente al 30% de sus obligaciones tributarias a vencer dentro del período citado, correspondientes a los Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, considerando como pago a cuenta un importe equivalente hasta la suma que resulte de multiplicar los quebrantos provenientes de todas sus actividades”.
De aprobarse, el proyecto permitirá que la petrolera que dirige Pablo González pueda cancelar su deuda impositiva con las pérdidas registrados en su balance, entre otros motivos, por el congelamiento del precio de los combustibles durante la mayor parte del bienio 2021-2021.
Lea nota completa en Econojournal